Impuesto sellos. Locación de inmuebles agropecuarios. Valor locativo. Precios de referencia.
A través de la citada resolución se determina que se tomará como precios de referencia las cotizaciones de la Bolsa de Comercio de Rosario o del Mercado de Liniers, según la especie, vigentes al cierre del día hábil inmediato anterior a la fecha de celebración del contrato, para determinar el valor locativo en los contratos de locación de inmuebles para explotación agrícola o ganadera, cuando el canon esté establecido en unidades físicas de alguna especie.