Procedimiento. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Modificación.
A través de la presente Resolución Normativa se introducen ciertas modificaciones a la normativa vigente.
Entre las más importantes, destacamos:
- Se permite el uso de la cédula policial de la Provincia de Córdoba a los efectos de que los sujetos pasivos de los impuestos administrados por la Dirección General de Rentas acrediten su identidad y siendo extranjeros no cuenten con otra documentación.
- El Adquirente en Subasta deberá presentar copia del auto aprobatorio de la subasta y copia de un acta de posesión. Las copias deberán estar certificadas por Juez de Paz, Policía, Escribano de Registro, Entidad Bancaria, personal del Tribunal actuante o encargado de la recepción de esta Dirección.
- Se establece que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que presenten el trámite para su encuadramiento en el régimen especial deberán tener regularizada y/o cancelada la totalidad de deuda devengada y vencida con anterioridad a la mencionada presentación.
- Se fijan los días 18 de cada mes como la fecha en la cual estará disponible en la página Web del Gobierno de Córdoba, el archivo con la nómina actualizada de sujetos pasibles de retención a los fines de su consulta por parte de los agentes que efectúen liquidaciones o rendiciones periódicas correspondientes a sistemas de pago mediante tarjetas de crédito, de compras y/o pagos, tickets o vales alimentarios, de combustibles y/o cualquier clase de tickets o vales de compras.