Provincia de Chubut. Resolución (D.G.R. Chubut) 566/2010 – B.O.

Régimen de facilidades de pago permanente. Requisitos, formas y condiciones.

 

Se establece un régimen de facilidades de pago permanente que incluye a los tributos, gravámenes, multas, recargos e intereses y actualizaciones que recauda la Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut.
Asimismo, se encuentran excluidos del presente régimen de regularización las retenciones y/o percepciones y sus accesorios; las multas por defraudación fiscal; y las deudas contra las que la Dirección General de Rentas hubiera iniciado sumario administrativo por defraudación fiscal o formulado denuncia penal por presunta infracción a las obligaciones tributarias y/o tengan juicios contra el Estado Provincial con sentencia firme.
El plan de facilidades de pago deberá reunir las siguientes condiciones:

  1. Se deberá suscribir un Convenio de Pago por cada tipo de Obligación Fiscal.
  2. Las cuotas serán mensuales, consecutivas e iguales.
  3. El monto de cada cuota, en ningún caso podrá ser inferior a 15 módulos. (Valor módulo $30).
  4. No se aceptará la suscripción de otro Convenio de Pago si existen tres (3) vigentes por el mismo tipo de Obligación Fiscal.

 

A fin de formalizar el acogimiento al régimen de facilidades de pago, el contribuyente/responsable deberá:

  1. Consolidar la deuda a la fecha de adhesión.
  2. Presentar ante las oficinas de esta Dirección, por cada tipo de obligación fiscal el formulario “Convenio de pago” correspondiente.
  3. Indicar, cuando corresponda, el acto administrativo que dio origen a la determinación de deuda.
  4. Presentar las declaraciones juradas mensuales y anuales correspondientes a los períodos que se regularizan por el plan.

 

El número máximo de cuotas mensuales se determinará para cada tipo de obligación, según el caso, no pudiendo exceder de 60 cuotas mensuales, mientras que el monto de cada cuota será calculado en el mismo formulario de solicitud:

  • Primera cuota: resultará de dividir el monto de la deuda consolidada por la cantidad de cuotas que se solicitan en el plan. El pago se efectuará mediante débito directo por CBU de la cuenta bancaria, dentro de los diez (10) días de su presentación.
  • Resto de las cuotas: resultarán de multiplicar el saldo de deuda consolidada, obtenido luego de deducirse el importe de la primera cuota, por el coeficiente que a tales fines publique periódicamente la Dirección General. Dichas cuotas vencerán el día diez (10) -o primer día hábil posterior, de ser feriado o no laborable- de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente al pago de la primera cuota y la cancelación se efectuará mediante débito directo en cuenta bancaria.

 

Por su parte, la Dirección requerirá la presentación de garantías reales y/o personales.

Con respecto a la solicitud de adhesión al presente régimen, la misma se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en el Código Fiscal y en esta resolución.

En caso de corresponder el rechazo del plan propuesto, tal circunstancia será notificada al deudor mediante resolución fundada, anulándose la respectiva solicitud de adhesión. Este hecho no suspende el cómputo de intereses, recargos y multas que pudieran corresponder y los importes ingresados serán considerados pagos a cuenta del total adeudado.

El decaimiento del beneficio de facilidad otorgado se producirá ante la falta de cancelación de dos (2) cuotas consecutivas o alternadas, a los veinte (20) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas.

Los contribuyentes y responsables podrán ejercer la opción, por única vez para cada convenio suscripto, de solicitar la rehabilitación del mismo dentro de los quince (15) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la caducidad.

Los contribuyentes y/o responsables mediante requerimiento ante este organismo, podrán cancelar la totalidad de las cuotas impagas y no vencidas, en cuyo caso se excluirá el interés contemplado en las mismas por el período no financiado.

Cuando se trate de deudas en ejecución judicial, el plan de pagos se suscribirá ante la Dirección de Asuntos Legales siendo de aplicación el régimen previsto en la presente.

Los planes de pago suscriptos con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente, quedarán sujetos a lo dispuesto en esta resolución respecto a mora, caducidad, rehabilitación y cancelación anticipada.

La presente Resolución será de aplicación a partir del día 01/07/2010.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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