Impuesto sobre los ingresos brutos y fondo para la salud pública. Presentación de declaraciones juradas.
A través de la presente R.G. se establece que en las liquidaciones practicadas de los impuestos sobre los ingresos brutos y fondo para salud pública, de las que no surgiera saldo a favor del Fisco, sólo se requerirá la presentación electrónica de la declaración jurada correspondiente, utilizando la clave fiscal, a través de la página “web” de la Administración Tributaria Provincial y no ante la Institución Bancaria.