Impuesto de Sellos. Exenciones. Automotores sin uso o cero kilómetro no comercializados en la Provincia.
Se incorpora dentro de las exenciones del Impuesto de sellos la compraventa, inscripción o radicación de automotores o unidades registrables autopropulsadas, sin uso o cero kilómetro, que sean adquiridas en concesionarias oficiales, radicadas en la provincia del chaco y/o facturada la operación por contribuyentes radicados en la Provincia.
La exención alcanza a aquellas unidades que por sus características no sean comercializadas en la Provincia y estén destinadas al sector productivo o económico.