Procedimiento. COT. Traslado o transporte de bienes en el territorio provincial. Código de operación. Prorroga de vigencia de modificaciones. Aclaraciones.
Por medio de la presente, se establecen aclaraciones respecto de las modificaciones introducidas a la normativa vigente del Código de Operación de Traslado transporte, considerando determinadas pautas generales con el objeto de efectuar la valorización de los tipos de productos, las cantidades transportadas y su valor total.
Asimismo, los sujetos obligados a solicitar el citado código y no lo realicen, no serán sancionados siempre que la operación se encuentre respaldada con documentación parcial emitida en legal forma y se trate de:
- Transporte de productos derivados de la pesca y recolección de productos marinos de propia producción;
- Primer transporte de granos y semillas a granel efectuado desde el sitio donde se hubiese realizado la extracción primaria y no se haya hecho acopio previo en el lugar, siempre que el traslado se respalde con la carta de porte correspondiente y durante los meses de noviembre, de diciembre y de enero (cosecha fina: trigo, cebada, centeno, avena, otros) y los de marzo, abril, mayo y junio (cosecha gruesa: soja, maíz, sorgo, girasol, otros) de cada año. El Código de Operación de Transporte o documento equivalente, deberá ser emitido en destino, dentro de las veinticuatro (24) horas de iniciado el traslado de las mercaderías;
- Cuando se trate de distancias totales a recorrer mayores a 100 km y la emisión del código o documento equivalente se produzca dentro de los 30 minutos de iniciado el traslado.
Por ultimo, se prorroga, hasta el 31/7/2011, la entrada en vigencia de las modificaciones respecto de la solicitud del COT previo al traslado o transporte, el informe del valor total de los productos, el remito electrónico y la derogación de la exclusión de solicitud del COT cuando se trate de transporte o traslado de granos y semillas a granel -dispuestas por RN (ARBA Bs. As.) 14/2011-.
Señalamos que las disposiciones comentadas resultan de aplicación a partir del 01/08/2011.