Ingresos Brutos. Contribuyentes locales. ARBANET. Obligación de informar ingresos, retenciones y percepciones con carácter de declaración jurada.
Por medio de la presente, se establece que los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos alcanzados por el régimen de liquidación ARBAnet, que readecuen o no las liquidaciones, deberán informar con carácter de declaración jurada la información del mes calendario al que corresponde el anticipo liquidado. En consecuencia, se deberá informar el total de los ingresos gravados, no gravados y exentos, el total de ingresos gravados de las actividades indicadas por la Agencia de Recaudación y el total de retenciones y percepciones sufridas.
Asimismo, dicha información deberá suministrarse tanto para los casos en que la readecuación y/o la liquidación del anticipo se realice antes del vencimiento original o con posterioridad al mismo y hasta el último día del mes en que opere el mencionado vencimiento.