Agentes de información. Declaración jurada. Impuesto inmobiliario. Impuesto inmobiliario rural. Impuesto provincial. Inmueble. Presentación de declaración jurada. Régimen de información.
Se prorroga hasta el 15 de Abril del corriente, el vencimiento previsto en el artículo 6 de la Resolución Normativa 32/2008 y en el Anexo I de la Resolución Normativa 135/2008, para la presentación de la declaración jurada a efectuarse durante el año 2009, conteniendo la información correspondiente al año 2008 para los sujetos obligados a cumplir con el régimen de información que deben observar aquellos sujetos que revisten el carácter de contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural, respecto de inmuebles cuya superficie total, considerada de manera individual o conjunta, resulte igual o superior a las 50 hectáreas.