Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Impuesto de Sellos. Impuesto Inmobiliario. Impuesto a los Automotores. Régimen de regularización de deudas vencidas o devengadas al 31/12/2009.
Por medio de la presente, se establece un régimen de regularización de deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario y a los Automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2009.
Entre sus características principales, destacamos las siguientes:
- No podrán incluirse en el plan, entre otras, las deudas por las cuales se haya dictado sentencia penal condenatoria, deudas de los agentes de recaudación por retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas, o por gravámenes no retenidos y/o percibidos.
- El acogimiento a este régimen implica el reconocimiento expreso q irrevocable de la deuda, como así también la interrupción del curso de la prescripción.
- El acogimiento se podrá formalizar en las oficinas de ARBA, telefónicamente (0800-321-2722) o a través del sitio Web arba.gov.ar .
- Las modalidades de pago son:
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- Al contado: En un solo pago, con una bonificación del 25%
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- En cuotas: Anticipo del 5% y el saldo en:
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- 3 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una bonificación del 15%, sin interés de financiación.
- 15 y hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación, pero con un interés de financiación del 2% mensual.
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- El importe de las cuotas del plan no podrá ser inferior a $80, para el caso de deudas del impuesto inmobiliario o a los automotores, y a $160 en caso de deudas de ingresos brutos o sellos.
- En caso de que se opte por pago al contado y las deudas regularizadas estén vencidas al 31/12/2008, se podrán cancelar mediante Bonos de Cancelación de Deudas de la Provincia (Resolución Normativa 15/2010).
Cabe destacar finalmente, que el presente régimen tendrá vigencia desde el 1/04/2010 hasta el 31/05/2010.