Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Impuesto Inmobiliario. Automotores. Régimen de regularización por deudas en instancia de ejecución judicial.
Mediante la presente resolución se establece un régimen de facilidades de pago, para regularizar deudas en instancia de ejecución judicial, que provengan del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Automotores e Inmobiliario.
Destacamos a continuación sus principales características:
- El acogimiento al presente régimen determina el reconocimiento expreso e irrevocable de la deuda incluida en el plan de pagos.
- El importe de las cuotas del plan no podrá ser inferior a $80, para el caso de deudas del Impuesto Inmobiliario o a los Automotores, y a $160 en caso de deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos o Sellos.
- Las modalidades de pago son las siguientes:
- Al contado: En un solo pago, sin bonificación
- En cuotas: Anticipo del 5% de la deuda y el saldo en:
- 3 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación ni interés de financiación.
- 15 y hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación, pero con un interés de financiación del 2% mensual.
- En caso de que se opte por pago al contado y las deudas regularizadas estén vencidas al 31/12/2008, se podrán cancelar mediante Bonos de Cancelación de Deudas de la Provincia (Resolución Normativa 15/2010).
Por último, cabe destacar que este régimen tiene vigencia desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo de 2010.