Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de retención. Pagos con bonos de cancelación de deudas. Concesionarios, contratistas, proveedores del estado, profesionales universitarios y martilleros. Exclusión.
A través de la presente Resolución Normativa se excluye del régimen de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los concesionarios, contratistas, proveedores del estado, profesionales universitarios y martilleros cuando se realicen pagos con bonos de cancelación de deudas y los citados contribuyentes registren saldo a favor en el impuesto.
Asimismo y para gozar de la mencionada exclusión, los contribuyentes deberán haber presentado en tiempo y forma las declaraciones juradas correspondientes a los últimos 12 meses anteriores a la fecha de pago y no deben registrar juicio de apremio sin regularizar por el mismo impuesto.