Provincia de Buenos Aires. Ley (Poder Legislativo) 13930 – B.O.

Ley Impositiva 2009. Modificaciones al Código Fiscal y a la Ley de Apremio.

 

Mediante la presente ley se modifica el Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires, la Ley de Apremio y se establecen las alícuotas correspondientes al impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, aplicables al período fiscal 2009.

A continuación presentamos aquellos cambios que consideramos más importantes en materia tributaria:

MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL

  • Los agentes de recaudación serán responsables sustitutos por aquellos gravámenes que omitieron retener ó percibir, ó que retenidos ó percibidos no ingresaron en tiempo y forma.
  • La Autoridad de Aplicación podrá establecer un régimen de consulta vinculante en el modo y condiciones que ella determine.
  • Se habilitará a los contribuyentes ó responsables interesados para constituir su Domicilio Fiscal Electrónico voluntariamente.
  • Se incorpora la posibilidad de que la Autoridad de Aplicación intime el pago del tributo adeudado (cuando el contribuyente compute en su DDJJ importes improcedentes), sin necesidad de aplicar el procedimiento de determinación de oficio.
  • En cuanto a las Sucesiones, se establece una multa del 20% al 150% del impuesto omitido cuando el incumplimiento de la obligación fuese cometido por un agente de recaudación.
  • Se agrega como causal de clausura que no se encuentre inscripto como contribuyente ó responsable aquel que estuviera obligado a hacerlo.
  • Se faculta a la Autoridad de Aplicación para disponer del traslado de los bienes secuestrados utilizando los vehículos en los que los mismos eran transportados. Caso contrario serán transportados por otro vehículo, teniendo que soportar  el propietario de los bienes, los gastos que se generen.
    Asimismo se extienden los plazos en el procedimiento de este tipo de infracciones y se modifican los requisitos que deberá cumplimentar el contribuyente para que quede sin efecto la sanción. Anteriormente se debían abonar $15.000; con la presente modificación se deberá abonar una multa de hasta el 30% del valor de los bienes que no podrá ser inferior a los $1500.
  • Se faculta a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) a modificar la forma del cálculo de los intereses y recargos por la falta de pago (total ó parcial) de pago de deudas fiscales.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

  • Se deroga el inciso e) del artículo 160 que consideraba como actividad no gravada en Ingresos Brutos a la venta de combustibles líquidos derivados del petróleo, con precio oficial de venta, efectuada por sus productores.
  • Se establece un tope en concepto de deducciones de la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos, de sumas correspondientes a devoluciones, bonificaciones y descuentos, que en ningún caso podrán exceder el 5% de la base imponible.
  • ExencionesSe agrega a la exención de edición de libros, diarios, revistas, periódicos y revistas, aquélla que se realiza incluso en soporte electrónico, informático ó digital. Se excluye de la exención prevista en el inciso g) del artículo 180, a las entidades que desarrollen la actividad de medicina prepaga, ú otras actividades vinculadas a la prestación de servicios de la salud.
  • Podrá establecerse un pago a cuenta del ISIB, de los contribuyentes locatarios de inmuebles con destino distinto a casa habitación, por ingresos provenientes de la actividad a desarrollarse en el inmueble arrendado.
    El mencionado pago a cuenta no podrá exceder el 30% de la base imponible tomada en cuenta para el cálculo del Impuesto de Sellos.
  • Se fijan las siguientes alícuotas:
    • 4529 Obras de Ingeniería Civil ncp: 3,5% (Alícuota 2008: No tenía).
    • 6722 Servicios auxiliares a la administración de fondos de jubilaciones y pensiones: 0% (Alícuota 2008: 3,5%).
    • 749901 Empresas de servicios eventuales según Ley 24.013 (art. 75 a 80) Decreto 342/1992: 1,75% (Alícuota 2008: 3,5%).

IMPUESTO DE SELLOS

  • Se agrega como actividad exenta, en el inciso 31 del artículo 274, al Servicio Especializado en la rehabilitación de personas con capacidades diferentes.
  • Se establece para aquellos actos o contratos pasados por escritura pública cuyo impuesto haya sido omitido, una multa equivalente al 20% de dicho impuesto no ingresado (anteriormente está multa ascendía al 100% del impuesto omitido).

LEY DE APREMIO

  • Los actos procesales que se efectúen en el marco de la ejecución fiscal podrán ser producidos, almacenados y notificados en forma electrónica, debiendo utilizarse la firma digital.
  • Proceso de Apremio: Se determina que iniciado este proceso, no se va a admitir ningún tipo de reclamo administrativo, salvo por la vía de repetición y previo pago de las costas y gastos de juicio e intereses correspondientes.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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