Empleo. Creación del plan de promoción, preservación y regularización del empleo. Derogación de los Decretos 1558/2005 y 1622/2008.
A través del presente Decreto se crea el “Plan de Promoción, Preservación y Regularización del Empleo”, el cual tiene como objetivo principal, contribuir a la promoción, preservación y regularización del empleo, a través de la aplicación de políticas activas de empleo.
Cabe mencionar que estos objetivos se llevarán a cabo a través de cuatro programas destinados a distintos tipos de empleadores. A continuación detallamos los beneficios más relevantes de cada uno de ellos:
- Programa de inclusión laboral
A cada beneficiario que los empleadores participantes contraten en las modalidades de “contrato de trabajo por tiempo indeterminado” o de “contrato de trabajo por temporada”, se le otorgará una suma fija mensual no remunerativa de hasta pesos seiscientos ($600), la que se destinará a completar la remuneración básica correspondiente por el plazo de hasta 12 meses.
- Programa de preservación de puestos de trabajo para situaciones de crisis
Cada beneficiario recibirá una suma fija mensual no remunerativa de hasta pesos seiscientos ($600), la que se destinará a completar la remuneración básica correspondiente en concepto de colaboración económica. Dicho beneficio será otorgado por una única vez a cada empresa adherida al programa y su duración se extenderá por un plazo de hasta 6 meses, plazo que podrá ser prorrogado sucesivamente hasta completar 18 meses. ANEXO III
- Programa de regularización del empleo no registrado
El empleador, que proceda a regularizar a su personal no registrado podrá:
- a) Solicitar la reducción de multas y recargos adeudados, entre un 50% a un máximo del 90% a la fecha de la regularización efectuada.
- b) Por cada persona formalizada por “contrato de trabajo por tiempo indeterminado”, el programa aportará la cantidad mensual de hasta pesos seiscientos ($600), en carácter de “suma no remunerativa”, la que se destinará a completar la remuneración básica correspondiente en concepto de colaboración económica, por el plazo de hasta doce (12) meses.
- Programa de asistencia a la promoción industrial
Por cada beneficiario que las empresas participantes contraten por “contrato de trabajo por tiempo indeterminado”, el programa aportará la cantidad mensual de hasta pesos seiscientos ($600), por el plazo de hasta veinticuatro (24) meses. Esta colaboración económica integrará el salario del beneficiario, en carácter de “suma no remunerativa”, la que se destinará a completar la remuneración básica correspondiente.
Asimismo, se designa como autoridad de aplicación al Ministerio de Trabajo, el cual estará facultado a dictar las normas interpretativas, reglamentarias, complementarias y/o de excepción.
Finalmente, se deroga el Decreto 1558/2005 y su modificatorio, 1622/2008 sin perjuicio del cumplimiento de las acciones en curso, hasta agotar los plazos convenidos y los compromisos asumidos.