Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias para contribuyentes del Convenio Multilateral. Modificación de alícuotas.
A partir del 01/04/2016, se modifican la alícuota general y las alícuotas especiales de determinadas actividades, aplicables para los contribuyentes comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, en relación con el régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias (SIRCREB).
La presente resolución tiene vigencia desde el 11/03/2016 y es de aplicación a partir del 01/04/2016.