Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Importe mínimo no sujeto a retención.
Se determina para el mes de julio de 2013, el importe mínimo no sujeto a retención a aplicar por los agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos en $3.000.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia a partir del 5 de Julio del 2013, y son de aplicación desde el 1 de Julio del 2013.