Impuesto sobre los Ingresos brutos. Tasas de interés. Retención mínima. Valores aplicables para el mes de Enero 2016.
Se fija a partir del 01/01/2016 en un 3% la tasa de interés resarcitorio y a los planes de facilidades de pago. A su vez se establece el monto mínimo no sujeto a retención en $3.000, a aplicar por los agentes de retención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 22/01/2016 y son de aplicación a partir del 01/01/2016.