Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Recaudación sobre Acreditaciones en Cuentas Abiertas en Entidades Financieras. Operaciones Excluidas para Sujetos comprendidos en el Convenio Multilateral.
No será de aplicación el Régimen de Recaudación sobre acreditaciones bancarias para aquellos sujetos comprendidos en el Régimen de Convenio Multilateral sobre aquellos importes que se acrediten como consecuencia de operaciones sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las municipalidades, como así también aquellos que correspondan a las rentas producidas por los mismos y/o a los ajustes de estabilización o corrección monetaria.
La presente norma tiene vigencia desde el 29/05/2015 y es de aplicación a partir del 01/04/2015.