Código Fiscal. Modificaciones.
Por medio de la presente se establecen modificaciones en el Código Fiscal de la provincia de Neuquén, particularmente en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos e impuesto inmobiliario. A continuación destacamos las modificaciones más importantes:
- Se modifica el Régimen especial de liquidación y pago del impuesto inmobiliario para inmuebles libres de construcciones, correspondientes a desarrollos urbanísticos
- Se consideran alcanzadas por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos las adjudicaciones efectuadas por los fideicomisos a través del fiduciario, de los inmuebles objeto principal de la adhesión del fiduciante o beneficiario. En este caso, la base imponible estará integrada por importes que se devenguen por cualquier motivo a favor del fideicomiso o del fiduciario y que generen el derecho a la adjudicación de lotes a favor de los fiduciantes o beneficiarios.
- Se consideran ingresos no gravados, las actividades conexas de transporte, eslindaje, estibaje, depósito, etc. vinculadas con las exportaciones.
- Se dispone que en los casos de servicios de intermediación realizados por agencias de turismo y viajes, y en las actividades de comercialización minorista de medicamentos y productos farmacéuticos, la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos estará constituida por la diferencia entre el precio de venta y de compra.
- En lo que respecta a las exenciones, se aclara la no inclusión en la franquicia a los ingresos obtenidos por las emisoras de televisión por cable, satélites, y toda otra forma que haga que sus emisiones puedan ser captadas únicamente por sus abonados.
- Se exime del pago del impuesto a los ingresos obtenidos por personas discapacitadas por el desarrollo de actividades efectuadas de forma personal.
La mencionada norma tiene vigencia a partir del 4 de Enero de 2013 y las disposiciones son de aplicación a partir del 13 de Enero de 2013.