Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de retención. Modificación de alícuotas. Importe mínimo de retención.
Se modifican las alícuotas del régimen de retención del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos aplicable a aquellos contribuyentes y/o responsables de alto interés fiscal. Los cambios introducidos más relevantes son los siguientes:
- Pago de comisiones y conceptos análogos: la alícuota a aplicar será de 5,23%, la anterior resolución fijaba una tasa del 5,51%.
- Adquisiciones de bienes o servicios a vendedores no inscriptos en la provincia: la alícuota será 3,31%
- No corresponderá practicar retención alguna, cuando la misma sea inferior a $50.
Asimismo, los agentes de retención que presenten sus declaraciones juradas por soportes magnéticos o a través de Internet, deben remitir las notas que les hubiesen presentado los proveedores y/o locadores, hasta la fecha de vencimiento de la declaración jurada.
La Noma se encuentra en vigencia desde el 24/02/2014 al igual que su aplicación.