Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Bonificación en las alícuotas. Modificación.
Se establecen los requisitos para acceder a la bonificación del 5% y 10% en las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos previstos por los Decretos (Misiones) 1992/92 y 803/2000 respectivamente.
En ese sentido, los requisitos son:
- Tener el año calendario anterior ingresos brutos totales inferiores a $7.000.000. En caso de superar dicho monto, también podrán acceder aquellos que no superen los $10.000.000, siempre y cuando sus operaciones con otros responsables no excedan el límite de $7.000.000.
- Abonar el cien por ciento de sus posiciones mensuales en término.
- Determinar e ingresar el anticipo del impuesto, en relación estricta con la totalidad de los ingresos brutos del período mensual correspondiente.
- No registrar deudas por ninguno de los tributos provinciales de los que sean contribuyentes.
- Solicitar la extensión del “Certificado de libre deuda”.
La presente resolución tiene vigencia desde el 29/09/2014 y es de aplicación a partir del anticipo correspondiente al periodo octubre de 2014.