Plan de Facilidades de Pago. Régimen especial. Extensión de los conceptos a incluir. Prórroga del acogimiento.
Se establece que pueden incluirse en el régimen especial de facilidades de pago establecido por la Resolución General (DGR) 33/2015 (Ver nuestro Tax Report N° 104 del mes de diciembre de 2015) aquellas obligaciones tributarias devengadas al 31/12/2017. Cabe mencionar que anteriormente se podían incluir las deudas devengadas al 30/06/2017.
Por otro lado, se prorroga del 29/12/2017 al 31/07/2018 el plazo para poder acogerse al presente régimen de facilidades de pago.
La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación a partir del 29/12/2018.