Procedimiento. Tasa aplicable para intereses resarcitorios.
Se incrementa del 3% al 4% la tasa de interés resarcitorio aplicable por falta total o parcial de pago de los gravámenes, retenciones, percepciones, anticipos y demás pagos a cuenta.
La disposición de la presente resolución entra en vigencia desde el 24/09/2018 y es de aplicación a partir del 01/10/2018.