Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Percepción. Adecuación para contribuyentes de alto riesgo fiscal.
Se efectúan determinadas adecuaciones a los Regímenes de Percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos aplicable a los mayoristas y distribuidores, y a los contribuyentes de alto interés fiscal para la Provincia.
Entre las principales adecuaciones, destacamos las siguientes:
- El comisionista, mandatario, corredor o intermediario deberá actuar como Agente de Percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en la medida que este sea el emisor de la factura.
- No corresponderá efectuar la percepción cuando la misma sea inferior a $50 o bien, cuando se trate de operaciones con consumidores finales.
- Los contribuyentes de alto interés fiscal y aquellos cuyas sumatoria de bases imponibles superen los $50.000.000, deberán actuar como Agentes de Percepción en la medida que los bienes, cosas o servicios se recepcionen, sitúen o tengan como destino sedes, depósitos, establecimientos, locales o cualquier otro tipo de asentamiento dentro del ámbito de la Provincia de Misiones.
- Se eleva de $48.000 a $300.000 el monto de ventas totales anuales del ejercicio fiscal anterior, para que los mayoristas y distribuidores queden exceptuados de actuar como Agentes de Percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
La presente norma tiene vigencia desde el 22/12/2015 y es de aplicación a partir del 23/12/2015.