Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agentes de Retención. Nuevos Sujetos Comprendidos.
Se modifica el régimen general de retención en el impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a contribuyentes de alto interés fiscal.
Se incorpora como agentes de retención en el impuesto sobre los ingresos brutos, por toda adquisición de bienes o servicios que realicen, a los contribuyentes cuya sumatoria anual de facturación bruta, declaradas en el último ejercicio fiscal anterior, atribuibles a la totalidad de actividades desarrolladas, cualquiera sea la jurisdicción en que se lleven a cabo, superen la suma de $ 50.000.000.
Asimismo, los sujetos comprendidos deberán inscribirse como agentes de retención hasta el 31 de enero de cada año calendario, debiendo comenzar a actuar a partir del 1 de febrero de cada año.
La norma tiene vigencia desde el 10/01/2014.