Régimen de Sinceramiento Fiscal. Adhesión. Liberación del pago de los tributos provinciales.
La Provincia de Misiones se adhiere al Régimen voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, dispuesto por la Ley (PLN) 27260.
Se establece, para los sujetos que se acojan al Régimen de regularización excepcional establecido por la Ley (PLN) 27260, la exención y/o condonación de:
- El Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y Automotor.
- Las multas y demás sanciones establecidas en el Código Fiscal de la Provincia de Misiones.
La exención y/o condonación del pago de las obligaciones tributarias estipuladas anteriormente, procederá para el pago de los impuestos que se hubieren omitido ingresar y que tuvieran origen en los bienes y tenencias de moneda declarados en forma voluntaria en el país y en el exterior conforme a la Ley (PLN) 27260.
Dicha liberación corresponderá únicamente para los periodos fiscales no prescriptos al 13/10/2016 y hasta el 22/07/2016 en el caso de bienes declarados por personas físicas o hasta el 01/01/2016 cuando los bienes sean declarados por personas jurídicas.
La pérdida de los beneficios establecidos en la Ley (PLN) 27260 dará lugar al decaimiento automático de los beneficios otorgados por la presente ley.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia y son de aplicación a partir del 13/10/2016.