Plan de Facilidades de Pago. Plazo de Acogimiento. Extensión.
Se extiende hasta el 30/09/2013, el plazo para la adhesión al régimen especial de facilidades de pago dispuesto por el art. 1 del Decreto 696/2013, el cual contiene una reducción de los intereses resarcitorios y de las multas fijadas en el Código Fiscal (t.o. s/D. 1284/1993 y sus modif.), aplicables a los impuestos sobre los ingresos brutos, de sellos, tasa de justicia, regalías hidrocarburíficas y canon de explotación y exploración y renta extraordinaria, vencidos al 31/12/2012.
Las disposiciones del mencionado Decreto tienen vigencia a partir del 29/08/2013 y son de aplicación desde el 30/08/13.