Procedimiento. Constancia de cumplimiento fiscal con deuda regularizada. Aplicativo “Estado de Cumplimiento”.
Mediante la presente Resolución, se incorpora al aplicativo “Estado de Cumplimiento”, la opción de emitir el formulario denominado “Constancia de Cumplimiento Fiscal con Deuda regularizada: F-CCFDR”, el cual indicará que las obligaciones tributarias se encuentran canceladas o regularizadas y al día.
Sin perjuicio de ello, la Administración Tributaria podrá constatar la exactitud de las declaraciones juradas presentadas de acuerdo con las atribuciones que le corresponden. Se encuentran excluidas las obligaciones que administra la Dirección de Regalías.
Cabe señalar que, a través de la presente resolución, se deja sin efecto el artículo 8 de la Resolución 05/2013, el cual establecía que los organismos del Estado pueden constatar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes en forma previa a cada pago y como requisito para efectivizarlos, mediante la presentación de la “Constancia de Cumplimiento Fiscal”.
Las disposiciones de la presente Resolución tienen vigencia a partir del 06/03/2013 y son de aplicación desde el 04/03/2013.