Procedimiento. Ingresos Brutos. Devolución por repetición. SIRCREB. Trámite.
A partir de la presente resolución general el contribuyente que haya sufrido retenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos por el sistema SIRCREB y no pueda computarlas en el mencionado tributo, podrá solicitar su devolución y/o compensación vía mail a la casilla de sircreb@comarb.gov,ar, la cual será analizada y contestada por dicha vía. De resultar procedente, dicha solicitud, se deberá presentar por mesa de entradas el formulario correspondiente.