Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudaciones sobre acreditaciones bancarias. Modificación de alícuotas para contribuyentes del Convenio Multilateral.
Se modifica el esquema de alícuotas aplicable al régimen de recaudaciones sobre acreditaciones bancarias previsto por la Resolución General (DGR) 47/2004.
Para los contribuyentes encuadrados en el Régimen General (Artículo 2) del Convenio Multilateral la alícuota general, se eleva del 1,8% al 2%. Asimismo, para los contribuyentes incluidos en el Anexo III de la mencionada resolución, la alícuota se eleva del 3% al 4%.
Por otro lado, la alícuota aplicable a los comisionistas e intermediaros (Artículo 11 y 12 del Convenio Multilateral) se eleva del 0,01% al 0,25% y para los productores primarios e industriales (Artículo 13 del Convenio Multilateral), la misma se eleva del 0,25% al 0,35%.
La presente resolución tiene vigencia desde del 23/09/2014 y es de aplicación a partir del 01/10/2014.