Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Procedimiento solicitud de exención.
Se reglamenta el procedimiento que se deberá cumplir para poder acceder a la exención en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos establecida en el inciso x) del art. 185 del Código Fiscal de Mendoza, aplicables para las actividades mencionadas en la Ley Impositiva 2015.
En ese sentido, para obtener dicho beneficio, el trámite deberá realizarse únicamente vía internet a través de la página de la Administración Tributaria de Mendoza (www.atm.mendoza.gov.ar) en el mes que se solicite. Dicho procedimiento deberá repetirse mensualmente para no perder la exención.
La presente resolución tiene vigencia desde el 28/01/2015 y es de aplicación a partir del 02/02/2015.