Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Retención y Percepción. Constancias de Exención o Reducción de Alícuotas. Extensión Plazo.
Se establece que los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, podrán aceptar las constancias de exención o reducción de alícuotas correspondientes al ejercicio 2013 que presenten los contribuyentes sujetos a retención y/o percepción hasta el 31/01/2014 o hasta que los contribuyentes obtengan la constancia de tasa cero o reducción de alícuota correspondiente al ejercicio 2014, lo que fuera anterior.
La norma tiene vigencia desde el 13/01/2014 y aplicación efectiva desde el 10/01/2014.