Procedimiento. Programa “Mendoza Activa”. Creación.
Se crea el programa “Mendoza Activa” con el fin de reactivar la actividad económica en la provincia. A través de este se reintegrará a los beneficiarios del programa una parte de las erogaciones que realicen en concepto de inversiones a las actividades de agricultura, industria, construcción o comercio.
El reintegro será de hasta el 40% de la inversión realizada neta del Impuesto al Valor Agregado y el reintegro se efectivizará por medio de dinero en efectivo, la provisión de una tarjeta de consumo o el otorgamiento de crédito fiscal para la cancelación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
En el caso de que tenga lugar el otorgamiento del crédito fiscal, el mismo se realizará mediante la entrega de certificados y/o el mecanismo de billetera digital, pudiendo utilizarse hasta el día 31/12/2023, plazo prorrogable por el Poder Ejecutivo.
Podrán ser beneficiarios del presente programa aquellas personas humanas, jurídicas o fideicomisos que:
- No superen determinados límites en cuanto a facturación y cantidad de empleados.
- Se encuentren inscriptos como contribuyentes en la Provincia de Mendoza y realicen las propuestas de inversión en dicha provincia.
- La propuesta de inversión este categorizada dentro de las permitidas por la presente.
- Obtengan la Resolución aprobatoria emitida por el Comité de Evaluación del “Programa Mendoza Activa”.
Asimismo, no podrán ser beneficiarios los siguientes:
- Entidades gubernamentales.
- Sociedades extranjeras o radicadas en otra jurisdicción que no posean sucursal en Mendoza.
- Contratistas del Estado cuyas propuestas de inversión estén relacionadas con el Estado.
- Contribuyentes que hayan incumplido con algún régimen de promoción provincial.
- Contribuyentes que se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios.
Las disposiciones de la presente Ley entran en vigencia y son de aplicación a partir del 08/08/2020.