Adhesión al Consenso Fiscal. Ley Impositiva 2018. Alícuotas. Modificaciones.
La Provincia de Mendoza adhiere al Consenso Fiscal firmado el día 16/11/2017 entre el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Ley (PLN) 27.249-.
Asimismo, se introducen modificaciones a la Ley (PL) 9.022 -Ley Impositiva 2018- (Ver nuestro Tax Report N° 124 del mes de diciembre de 2017).
Entre las modificaciones, se destacan las siguientes:
- Impuesto de Sellos:
- Se elimina la alícuota del 4% por la transferencia de dominio a título oneroso de vehículos facturados en extraña jurisdicción.
En ese sentido, sólo tributarán la alícuota del 4% aquellos actos, contratos y operaciones originados por la inscripción de vehículos cero kilómetros o por la transferencia de dominio a título oneroso de vehículos, cuando no exista factura de venta y el vendedor no figure en el registro de agencias, concesionarios o intermediarios.
- Impuesto Sobre los Ingresos Brutos:
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- Se dispone que la alícuota a aplicar en cada actividad no podrá superar la alícuota general establecida para su correspondiente rubro, salvo en los casos en que la alícuota especial de dicha actividad sea mayor.
- Se destacan las siguientes modificaciones correspondientes a las alícuotas aplicables para el período fiscal 2018:
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- Se reduce el alícuota general del rubro 1: “Agricultura, caza, silvicultura y pesca”, del 2% al 1,5%.
- Se reduce el alícuota general para el rubro 3: “Industria Manufacturera”, del 3% al 2%.
- Se reduce el alícuota general para el rubro 5: “Construcción”, del 4% al 3%.
- Se derogo el Programa de Reducción Plurianual de Alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes cumplidores.
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Las disposiciones de la presente ley entran vigencia desde el 16/02/2018 y son de aplicación a partir del 14/02/2018, excepto para las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, las cuales serán de aplicación para el período fiscal 2018.