Por medio de la presente norma, se modifica la Ley Impositiva de la Provincia de Neuquén correspondiente al ejercicio fiscal 2012, estableciéndose incrementos en las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de determinadas actividades.
Entre las modificaciones más importantes cabe mencionar las siguientes:
- Se aplicará la alícuota del 0% a las actividades: Servicio de transporte ferroviario urbano y suburbano de pasajeros (incluye el servicio de subterráneo y de premetro)-, Servicio de transporte ferroviario interurbano de pasajeros, entre otras.
- Se aplicará la alícuota del 5% para las actividades encuadradas como Servicios de comunicación por medio de teléfono, telégrafo y télex- y Servicios de telefonía móvil, entre otras.
- Se incrementa al 3% la alícuota para actividades relacionadas con la generación de energía eléctrica.
- Se aplicará la alícuota general de 3,5% para aquellos contribuyentes cuyas sumatorias de ingresos (gravados, exentos y no gravados) por el Ejercicio Fiscal 2011, supere la suma de $ 100.000.000.