Impuesto de Sellos. Transferencia de automotores. Alícuota. Modificación.
Se incrementa de 2% a 3% la alícuota de Impuesto de Sellos que deberá aplicarse para la inscripción inicial de automotores 0km adquiridos mediante contratos de ahorro -autoplanes- y para la inscripción inicial y/o transferencia de automotores 0km y usados cuya factura de venta sea emitida desde la Provincia de Santa Cruz.
Por otra parte, se reduce del 4% a 3% la alícuota que se deberá aplicar para dicho impuesto cuando la inscripción inicial y/o transferencia se encuentre facturada desde otra jurisdicción.
Las disposiciones de la presente ley tienen vigencia desde el 29/12/2016 y son de aplicación a partir del 30/12/2016.