Ley (PL) 27.605 – B.O.

Aporte Solidario y Extraordinario. Creación.

 

Se dispone, con carácter de emergencia y por única vez, la creación de un aporte obligatorio que recaerá sobre el patrimonio de las personas humanas al 18/12/2020.

En ese sentido, deberán efectuar el mencionado aporte los siguientes sujetos:

  • Las personas y sucesiones indivisas residentes en el país, y las personas de nacionalidad argentina que tengan residencia en países considerados “no cooperantes”, de baja o nula tributación, quienes aportarán por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior.
  • Las personas y sucesiones indivisas residentes en el exterior, quienes aportarán por la totalidad de sus bienes en el país.

Se establece que las jurisdicciones “no cooperantes” serán aquellos países donde no tengan con la Republica Argentina un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o que no dispongan de un convenio de doble imposición internacional con cláusula amplia de intercambio de información.

Adicionalmente, se considera jurisdicción de “nula o baja tributación” a aquellos países cuya tributación máxima a la renta empresarial sea inferior al 60% de la alícuota contemplada para las rentas de sociedades de capital en el Impuesto a las Ganancias.

A su vez, se dispone que el termino de “residente” se regirá en base a los criterios y condiciones que establece la Ley de Impuesto a las Ganancias en sus artículos 116 a 123.

Por otra parte, se dispone que estarán exentos de realizar el aporte cuando la totalidad del valor de los bienes no supere la suma de los $ 200.000.000. En el caso de superar dicho importe, quedaran alcanzados por la totalidad de los bienes sin considerar ningún monto excedente.

En lo que respecta a la base de cálculo del aporte, se establece que se determinará siguiendo los criterios de valuación de bienes fijados por la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales – Ley (PL) 23.966 Titulo IV, con independencia al tratamiento que revistan frente a este último y sin tener consideración ningún mínimo no imponible.

A su vez, se dispone que se consideran parte del patrimonio, todos los aportes realizados a trust, fideicomisos y fundaciones de interés privado y demás estructuras análogas, participación en sociedades u otros entes de cualquier tipo sin personalidad fiscal y participación directa o indirecta en sociedades u otros entes de cualquier tipo, existentes a 18/12/2020.

En lo que respecta al aporte a ingresar, el mismo se determinará aplicando a la totalidad de los bienes, a excepción de los bienes del exterior, la siguiente escala:

 

Valor total de los bienes Pagarán Más el Sobre el excedente de $
Más de $ A $
$ 0 $ 300.000.000 inclusive $ 0 2,00% $ 0
$ 300.000.000 $ 400.000.000 inclusive $ 6.000.000 2,25% $ 300.000.000
$ 400.000.000 $ 600.000.000 inclusive $ 8.250.000 2,50% $ 400.000.000
$ 600.000.000 $ 800.000.000 inclusive $ 13.250.000 2,75% $ 600.000.000
$ 800.000.000 $ 1.500.000.000 inclusive $ 18.750.000 3,00% $ 800.000.000
$ 1.500.000.000 $ 3.000.000.000 inclusive $ 39.750.000 3,25% $ 1.500.000.000
$ 3.000.000.000 en adelante $ 88.500.000 3,50% $ 3.000.000.000

Para los bienes en el exterior el importe a ingresar se calculará según la siguiente tabla:

 

Valor total de los bienes del país y del exterior Por el total de los bienes situados en el exterior, pagarán el
Más de $ A $
$ 200.000.000 $ 300.000.000 inclusive 3,00%
$ 300.000.000 $ 400.000.000 inclusive 3,375%
$ 400.000.000 $ 600.000.000 inclusive 3,75%
$ 600.000.000 $ 800.000.000 inclusive 4,125%
$ 800.000.000 $ 1.500.000.000 inclusive 4,50%
$ 1.500.000.000 $ 3.000.000.000 inclusive 4,875%
$ 3.000.000.000 en adelante 5,25%

Por otra parte, si la persona no desea abonar la alícuota incrementada por sus bienes en el exterior, se establece la posibilidad de efectuar una repatriación equivalente a un 30% del valor total de las tenencias en moneda extranjera y de los importes generados como resultado de la realización de activos financieros en el exterior.

A tal efecto, la repatriación podrá ser realizada dentro de los 60 días posteriores contados a partir del 18/12/2020 y deberá permanecer depositado hasta el 31/12/2021 en una cuenta abierta a nombre del titular en una entidad financiera regulada por la Ley (PL) 21.526 -Ley de Entidades Financieras-.

Por último, se establece que en el caso de detectarse movimientos que hagan presumir una intención de evadir o eludir el pago del presente aporte dentro de los 180 días previos al 18/12/2020, se autoriza a la AFIP a disponer a que se compute dichos bienes para la determinación del aporte.

Las disposiciones de la presente Ley entran en vigencia y son de aplicación a partir del 18/12/2020.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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