Ley Impositiva 2017. Código Fiscal. Modificaciones.
Se establecen las alícuotas aplicables al período fiscal 2017 para el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos.
Entre las modificaciones más relevantes, se destacan las siguientes referidas al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos:
- Se incrementa de 4,1% a 6% la alícuota aplicable para las compañías de comunicaciones por medio de teléfonos celulares.
- Se eleva de 6% a 15% la alícuota a la que estarán alcanzados los préstamos de dinero (con garantía hipotecaria, con garantía prendaria o sin garantía real) y descuento de documentos de terceros, excluidas las actividades regidas por la ley de entidades financieras.
- Se incrementa de 6% a 15% la alícuota aplicable para las casas, sociedades o personas que compren o vendan pólizas de empeño, anuncien transacciones o adelanten dinero sobre ellas por cuenta propia o comisión.
- Se incrementan los importes mínimos mensuales.
- Se establece que la alícuota del 0% aplicable a los contribuyentes que desarrollen actividades industriales será de aplicación siempre y cuando la sumatoria de sus ingresos, atribuibles a la totalidad de las actividades desarrolladas, cualquiera sea la jurisdicción en que se lleven a cabo las mismas, no supere la suma de $ 100.000.000.
Las disposiciones de la presente ley tienen vigencia desde 29/12/2016 y son de aplicación a partir del 01/01/2017.