Código Fiscal. Modificaciones. Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Nuevos hechos imponibles.
Se establecen modificaciones al Código Fiscal de la provincia de San Juan, estableciendo, entre otras cuestiones, nuevos hechos imponibles y responsables en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
En ese sentido, se destacan las siguientes modificaciones:
- Respecto del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, se incorpora como hecho imponible la prestación de servicios realizados por sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el exterior, cuando se verifique que dicha prestación se utilice económicamente dentro de la jurisdicción de la provincia, o que recae sobre sujetos o cosas radicadas, domiciliadas o ubicadas dentro del territorio.
En virtud de ello, también se incorpora como hecho imponible la comercialización de servicios de suscripción online y la intermediación en la prestación de servicios y las actividades de juego que se desarrollen y/o exploten a través de cualquier medio, plataforma o aplicación tecnológica, realizados por sujetos del exterior, siempre que se verifique la utilización o consumo de tales actividades por sujetos radicados, domiciliados o ubicados en territorio provincial.
Los importes abonados por los hechos imponibles mencionados anteriormente se encontrarán sujetos a retención, con carácter de pago único y definitivo.
- Respecto de defraudación fiscal, se establece que no se configurará tal hecho cuando la demora en el ingreso de las sumas adeudadas por los agentes de recaudación no supere los 5 días hábiles posteriores a los vencimientos previstos, se efectúe el ingreso de forma espontánea y no se registre más de 3 pagos extemporáneos durante el período fiscal.
Las disposiciones de la presente ley entran en vigencia desde el 27/12/2018 y son de aplicación a partir del 01/01/2019.