Código Fiscal. Modificaciones.
Se establecen modificaciones al Código Fiscal de la Provincia de Jujuy, entre las cuales destacamos las siguientes:
- Se incrementa de $ 2.500 a $ 20.000 el máximo de la multa por infracción a los deberes formales. Asimismo, se eleva de $ 25.000 a $ 50.000 el monto en el que podrá graduarse la multa, cuando se verifiquen alguna de las siguientes circunstancias:- Incumplimiento reiterado a los requerimientos de los funcionarios actuantes, solo en la medida en que los mismos no sean excesivos o desmesurados respecto del deber de colaboración.
– Omisión en la presentación de declaraciones juradas informativas.
– Omisión de presentar declaraciones juradas como agentes de retención, percepción y/o recaudación. - Se incrementa de $ 2.500 a $ 5.000 la multa mínima que podrá aplicar la Dirección cuando verifique que se están transportando bienes sin su correspondiente documentación respaldatoria o bien, contando con la documentación, la misma no se ajuste a la realidad de los bienes transportados.
- Cuando la dirección detecte bienes transportados con documentación incompleta o datos erróneos podrá optar por aplicar la sanción de decomiso o una multa graduable de entre el 10% y 30% del valor de los bienes transportados, la que en ningún caso podrá ser inferior a $ 3.500.
- Se establece la exención en el Impuesto de Sellos para los actos, contratos y operaciones en las que las micro, pequeñas y medianas empresas otorguen garantías y contragarantías en las sociedades de garantía recíproca.
- Se establece la exención en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para las actividades de producción agrícola y/o ganadera ejercida por contribuyentes cuya explotación se encuentre radicada en la provincia y que acrediten condición de inscriptos en el “Régimen Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social” -Decreto 189/2014-.
Las disposiciones de la presente ley tienen vigencia y son de aplicación a partir del 12/01/2017.