Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de percepción. Alícuotas. Incremento.
Se incrementan determinadas alícuotas aplicables al Régimen General de Percepción del impuesto sobre los ingresos brutos.
Se destacan las siguientes modificaciones:
- Se incrementa del 1% al 2,5% la alícuota de percepción aplicable por fabricantes, productores, mayoristas y distribuidores, sobre el importe neto que facturen a comerciantes mayoristas y minoristas.
- Se eleva del 0,10% al 0,50% la alícuota que deberán aplicar los productores de combustibles líquidos y gas natural y los comercializadores mayoristas responsables del impuesto sobre los combustibles líquidos sobre el importe neto que facturen al expendedor con ventas al público.
Las disposiciones establecidas en la presente resolución tienen vigencia y son de aplicación a partir del 1 de Junio del 2014.