Ingresos Brutos. Base imponible para entidades financieras.
Se establece que la base imponible del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para las entidades financieras estará constituida por la suma de las cuentas de resultados de naturaleza acreedora, sin admitirse ninguna deducción.
Las disposiciones de la presente Ley entran en vigencia el 08/05/2020 y son de aplicación a partir del 11/05/2020.