Procedimiento para la compensación de gravámenes provinciales. Trámite vía web.
Se dispone que a partir del 1/10/2014 las solicitudes de compensación de gravámenes provinciales deberán tramitarse a través de la página web de la Dirección General de Rentas de La Pampa (www.dgr.lapampa.gov.ar)
Asimismo, la Dirección requerirá la información o documentación que considere necesaria para la prosecución del trámite y comunicará al domicilio fiscal electrónico del solicitante la procedencia o no de la compensación.
Por último, los intereses que correspondiere aplicar a los montos a compensar de los gravámenes adeudados por los contribuyentes responsables, se liquidarán hasta la fecha de interposición de la solicitud, en el domicilio fiscal electrónico de este Organismo.
La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación a partir del 1/10/2014.