Régimen especial de regulación de deudas tributarias vencidas al 31/08/2019. Beneficios fiscales extraordinarios para contribuyentes cumplidores. Reglamentación.
Se reglamenta el régimen especial de regularización de deudas tributarias vencidas al 31/08/2019 y los beneficios fiscales extraordinarios para contribuyentes cumplidores -Ley (PL) 6146-.
La adhesión al plan de pagos se deberá realizar, por cada tributo, a través de la página web de la Dirección Provincial de Rentas, ingresando, con Clave Fiscal, a la opción “Plan especial de regularización de deuda -Ley 6146- Resolución 1547/2019” del módulo “Planes de pago – generar plan según resolución”.
No obstante, cuando se trate de deudas del Impuesto de Sellos, de agentes de retención, percepción y/o recaudación, determinadas o en proceso de determinación, de planes de pagos anteriores, en trámites de ejecución fiscal y concurso preventivo o quiebra, la adhesión deberá realizarse en forma presencial en la casa central de la Dirección General de Rentas, sito en la Calle Lavalle N° 55 – San Salvador de Jujuy, o en otras delegaciones que funcionan en la Provincia o CABA.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia y son de aplicación a partir del 02/12/2019.