Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Alquileres. Monto mínimo no alcanzado.
La presente norma dispone que los ingresos provenientes del alquiler de hasta 3 unidades de viviendas o locales comerciales no quedarán alcanzados por el impuesto sobre los ingresos brutos, siempre que el impuesto determinado no supere el mínimo fijado, el cual actualmente es de $600.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia a partir del 28 de Agosto de 2013.