Procedimiento. Categorías de riesgo fiscal. Creación.
Se aprueban las categorías de riesgo fiscal que podrán asignarles a los contribuyentes y agentes de recaudación en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos y de los Aportes al Instituto de Pensiones Sociales.
Al respecto, se dispone de que la categorización será en relación al grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y materiales cuya fiscalización se encuentre a cargo la Dirección General de Rentas de la Provincia de Formosa.
En función a lo expuesto, se fijan las siguientes categorías de riesgo fiscal:
- A: Con riesgo fiscal
- B: Con alto riesgo fiscal
A tal efecto, se establece que la Dirección elaborará mensualmente el listado de contribuyentes y/o responsables con su respectiva categoría de riesgo fiscal.
En el caso de que los contribuyentes hubieran regularizado su situación fiscal, deberán aguardar hasta el próximo mes a los efectos de ser recategorizados.
Asimismo, se podrá consultar la categoría asignada ingresando con clave fiscal al servicio “Consulta de categoría de riesgo fiscal” en el sitio web oficial de la Dirección General de Rentas.
Por último, el contribuyente podrá manifestar su disconformidad respecto a la categoría de riesgo fiscal asignada a través del servicio web “Mis Tramites – Reclamos por disconformidad de categoría de riesgo” disponible en el sitio web mencionado precedentemente.
Las disposiciones de la presente Resolución son de aplicación a partir del 01/09/2020.