Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudaciones bancarias. Unificación de normativas de contribuyentes locales y de Convenio Multilateral.
Mediante la presente se unifica la reglamentación correspondiente al Régimen de Recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos aplicable a contribuyentes locales y de Convenio Multilateral, a excepción de quienes tributen mediante el régimen especial para entidades financieras y compañías de seguro.
Cabe mencionar que las alícuotas aplicables serán del 1% para el caso de contribuyentes locales, y se encontrarán dentro del rango del 0,01% y 2% para el caso de los contribuyentes que tributen por Convenio Multilateral, dependiendo de la actividad que realicen.
La presente resolución entra en vigencia desde el 19/07/2018 y es de aplicación a partir del 01/06/2018.