Ley Impositiva. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Actividad industrial. Modificaciones.
Se elimina el requisito de radicación en la provincia de los contribuyentes para poder aplicar la alícuota industrial del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, la cual se establece en un 1,5% para el periodo fiscal 2018.
Asimismo, dicho requisito es eliminado también a los fines de la exención del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos establecido para las actividades primarias e industria manufacturera.
Cabe destacar que, a los fines de gozar de la citada exención, el contribuyente deberá presentar una solicitud ante la Dirección General de Rentas.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia desde el 10/07/2018 y son de aplicación a partir del 19/07/2018.