Impuesto a la transmisión gratuita de bienes. Exención a la obligación de presentar declaración jurada informativa.
Se dispone que los contribuyentes del Impuesto a la transmisión gratuita de bienes, que efectúen transmisiones a favor del Estado Nacional, los Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las municipalidades, y sus organismos descentralizados o autárquicos, se encuentran exentos del deber formal de presentar la declaración jurada informativa del mencionado impuesto.