Ley impositiva 2014.
Se determinan las nuevas alícuotas y valuaciones fiscales para el ejercicio 2014.
Se eleva la alícuota general del impuesto sobre los ingresos brutos a 4.5% para contribuyentes locales y al 5% para contribuyentes extra-provinciales. La alícuota para micro y mediana empresa se incrementa al 4%.
Por otro lado, se deroga la exención en el impuesto sobre los ingresos brutos para las industrias radicadas en la jurisdicción, quedando gravadas al 1%. Las industrias sin establecimiento en la provincia deberán tributar al 5%.
La actividad de construcción, excepto la de obra pública provincial, se regirá por el régimen general.
Adicionalmente, las alícuotas, del impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicables al resto de las actividades fueron incrementadas, en general, en un 1%.
La presente ley tiene vigencia desde su publicación y su aplicación rige a partir del 01/01/2014.