Impuesto a las Ganancias. Partidos políticos. Deducción de las donaciones efectuadas a ellos. Formalidades a tener en cuenta.
El presente Decreto establece que los aportes privados que se efectúen a agrupaciones políticas deben realizarse mediante transferencia bancaria, cheque, transferencia electrónica o cualquier otro medio que permita la identificación fehaciente del donante.
En materia impositiva, determina que las donaciones efectuadas a partidos políticos deben cumplir entre otros requisitos con las mencionadas formas de pago a fin de ser deducibles.